El sujeto obligado debe publicar todos los informes de gestión, evaluación y auditoría incluyendo ejercicio presupuestal. Para los sujetos obligados que aplique, como mínimo, deben publicar los siguientes informes:
a.Informe enviado al Congreso/Asamblea/Concejo. Se debe publicar dentro del mismo mes de enviado.
b.Informe de rendición de la cuenta fiscal a la Controloría General de la República o a los organismos de control territorial según corresponda, de acuerdo con la periodicidad definida. Se debe publicar dentro del mismo mes de enviado.
c.Informe de rendición de cuentas a los Ciudadanos, incluyendo la respuesta a las solicitudes realizadas por los ciudadanos, antes y durante el ejercicio de rendición. Esta publicación se debe hacer dentro del mismo mes de realizado el evento.
d.Informes a organismos de inspección, vigilancia y control