Capacidad de la ciudadanía, comunidades y organizaciones para ejecutar sus acciones y alcanzar objetivos sin necesidad de solicitar apoyos a terceros.
Es una característica de aquellas sociedades en las que un gran colectivo de ciudadanas y ciudadanos, frecuentemente participa en la gestión de sus gobiernos, a través de los mecanismos que este dispone para el.
Los observatorios ciudadanos están compuesto por un grupo de personas y/o organizaciones de distinta naturaleza, que se congregan con el fin de promover o ejercer la vigilancia de un proceso, una política pública o un actor en específico entre otros. Este colectivo de individuos, monitorean, evalúan e inciden en las políticas y procesos objetos de estudio del observatorio. Algunas de las actividades principales de estos observatorios son: la elaboración de diagnósticos, reportes, redacción de informes, indicadores y difusión de resultados, entre otros.
Actualmente, la Secretaría Distrital de Planeación cuenta con los Observatorios de la Dinámica Urbano Regional – ODUR; el Observatorio Dinámicas del territorio y se encuentra en la conformación del Observatorio que reúne las Políticas Públicas de Habitantes de Calle, Familias, LGBTI y Discapacidad.
El Plan de Ordenamiento Territorial - POT es el instrumento básico definido en la Ley 388 de 1997, para que los municipios y distritos del país planifiquen el ordenamiento del territorio. El POT contiene un conjunto de objetivos, políticas, estrategias, metas, programas, actuaciones y normas que orientan el desarrollo físico del territorio y la utilización o usos del suelo.
A través del POT se ordena el territorio urbano y rural, hasta el punto de establecer los programas y proyectos que, durante los siguientes 12 años, permitirán acercarnos a la visión de la Bogotá en la que queremos vivir en el futuro. Entre los temas que se deben revisar están el acceso de la ciudadanía a servicios públicos, la vivienda, las vías, y los equipamientos. También plantea una serie de reglas de juego que permiten orientar las inversiones públicas y privadas, necesarias para que cada vez mejoremos la calidad de vida de quien hoy vive en Bogotá, de las nuevas generaciones y de quienes habrán de llegar.
Conozca más sobre el POT en el siguiente enlace
La Secretaría desarrolla funciones que apuntan a orientar y liderar la formulación y seguimiento de las políticas y la planeación territorial, económica, social y ambiental del Distrito Capital, conjuntamente con los demás sectores, de acuerdo al Decreto 16 de 2013.
Instancia de la Secretaría Distrital de Planeación, cuya función es movilizar a la ciudadanía hacia una cultura de la previsión y la planeación, a través de estrategias, mecanismos e instrumentos de pedagogía social y comunicación para hacer colectivas las políticas, planes e instrumentos de planeación y ordenamiento del territorio.
Instancia de coordinación que tiene por objeto coordinar y controlar la implementación, seguimiento y evaluación de la Política Pública Distrital de Participación.
Instancia que dinamiza y caracteriza el trabajo que se lleva a cabo a nivel local y hace más visible la participación ciudadana incidente.
Máxima autoridad política de la capital y la segunda autoridad administrativa más importante de la ciudad después de la Alcaldía Mayor.
Organismo asesor del Área Metropolitana en la preparación, elaboración y evaluación de los instrumentos de planificación y en la recomendación de ajustes que deban introducirse.
Mecanismos de asesoramiento que se constituyen en espacios y organismos de consulta.
Instancia ciudadana de planeación en la localidad de carácter consultivo y permanente.
Instancia territorial de planeación de carácter consultivo que fue creado por norma, en desarrollo del principio de la democracia participativa ligada al concepto de la planeación.
Autoridad de planeación dentro de la localidad, cuya función es aprobar y adoptar el Plan de Desarrollo Local, en concordancia con el Plan general de Desarrollo, Económico y Social de Obras Públicas y el Plan de Ordenamiento Territorial del Distrito.
Es una forma de gobernar donde el manejo de los recursos es transparente, las decisiones ciudadanas son tenidas en cuenta, los servicios son eficientes y todos somos corresponsables del progreso de nuestra ciudad. Consulta el detalle de nuestra visión.
Es una expresión de control social que comprende acciones de petición de información y explicaciones, así como la evaluación de la gestión.
En septiembre de 2015, 193 países adoptaron un conjunto de objetivos para erradicar la pobreza, proteger el planeta y garantizar la prosperidad para todos, como parte de la nueva Agenda de Desarrollo. Cada objetivo tiene metas específicas a ser logradas en los próximos 15 años.
Es un proceso de planeación que define una visión de largo plazo que sobrepasa los periodos de administración de los gobiernos y orienta el proceso de cambio frente a realidades sociales relevantes. Es un instrumento de planeación orientado a la acción para lograr objetivos prioritarios, fruto de un proceso de concertación intersectorial y cocreación, en el que participa la administración distrital, la ciudadanía, la sociedad civil, los gremios, la academia, etc.
Es una herramienta de gestión del Distrito Capital para el ordenamiento ambiental sostenible de su territorio y la superación de la exclusión de su población, en procura de una articulación armoniosa de las diversas dinámicas de una ciudad metropolitana y capital del país y una zona rural dotada de un gran patrimonio ambiental y ecológico de suma importancia para la ciudad, el conjunto de la región y el país.
La L corresponde a las mujeres lesbianas, es decir a aquellas mujeres que su orientación sexual es homosexual; la G corresponde a los hombres gay, es decir, a aquellos hombres cuya orientación sexual es homosexual. La letra B, corresponde al grupo de mujeres y hombres bisexuales, para quienes su orientación sexual está dirigida tanto a hombres como a mujeres. La letra T hace referencia al grupo de personas transgeneristas (travestis, transformistas y transexuales) cuya identidad de género no corresponde a su sexo biológico. Por último, la letra I corresponde a las personas intersexuales, es decir a aquellos seres humanos que por su condición biológica no pueden ser clasificados dentro de la construcción Hombre-Mujer.
Tiene como objetivo garantizar el ejercicio pleno de derechos a las personas de los sectores de Lesbianas, Gays, Bisexuales, Transgeneristas e Intersexuales (LGBTI), como parte de la producción, gestión social y bienestar colectivo de la ciudad.
Es el instrumento básico definido en la Ley 388 de 1997, para que los municipios y distritos del país planifiquen el ordenamiento del territorio.
Las UPL determinan la proximidad de los servicios esenciales y las oportunidades de empleo que se requieren cerca a nuestros barrios y zonas residenciales existentes, así como a las nuevas viviendas que se construirán en los próximos 12 años, especialmente las de interés social y prioritario.
Como parte de los encuentros de participación, se eligieron 34 actores estratégicos con los cuales se socializaría el Plan de Ordenamiento Territorial y los cuales cumplirían un papel importante dentro de la Ruta de la Participación del Plan.
Son intervenciones urbanas integrales en lugares específicos de la Ciudad en donde confluyen proyectos o estrategias de intervención que ayudarán a la trasformación propuesta por el nuevo Plan de Ordenamiento Territorial -POT. Su finalidad será la de detonar procesos de revitalización y desarrollo en lugares estratégicos para la ciudad, mediante la concurrencia de acciones e inversiones de la administración distrital, el sector privado y la comunidad.
Grupos de ciudadanía no organizada quienes quieren más información o capacitación sobre temas relacionados con el POT.
Es el instrumento base de planificación rural, para la articulación funcional de este territorio a partir de Piezas Rurales, las cuales se definen a partir de los criterios biofísicos (cuencas y sistemas orográficos), sociales, económicos y funcionales.
Define a los patrimonios como estructuras integradoras del territorio. Es uno de los instrumentos POT.
Tiene como objetivo obtener información sobre aspectos sociales, económicos y de entorno de los hogares y habitantes de Bogotá y la región.
Es el mecanismo que permite clasificar la población en distintos estratos o grupos de personas que tienen características sociales y económicas similares.
Lineamientos operativos que permiten aplicar procesos de legalización urbanística de los asentamientos humanos informales, con una perspectiva orientada a legalizar los predios y abriendo las puertas a la titulación.
Es un instrumento especial de planificación y gestión a 15 años, cuyo objetivo es estabilizar y transformar los territorios más afectados por la violencia, la pobreza, las economías ilícitas y la debilidad institucional.
Es un instrumento de gestión de los bienes de interés cultural mediante el cual se establecen acciones necesarias para garantizar la protección, la conservación y la sostenibilidad de los bienes de interés cultural o de los bienes que pretendan declararse como tales.
Son instrumentos que sirven para planear los sistemas que determinan el funcionamiento de una ciudad. Es decir, aquellos aspectos como la movilidad, el transporte, el espacio público, los servicios públicos, entre otros.
Son instrumentos de planeamiento y de gestión del suelo mediante los cuales se establece la reglamentación urbanística para áreas de la ciudad o en áreas de expansión urbana mayores a 10 hectáreas que no hayan sido urbanizadas, es decir que no cuenten con vías, ni redes de servicios públicos domiciliarios.
La Secretaría Distrital de Planeación (SDP) mediante el Decreto 839 de 2019, es la entidad encargada de liderar y orientar la gestión del Distrito Capital frente al Sistema General de Regalías (SGR) conforme a los ejes estratégicos definidos en el Plan de Desarrollo Distrital. En ese sentido, desde la Subsecretaría de Planeación de la Inversión, en cabeza de la Dirección de Programación y Seguimiento a la Inversión, se realizan las siguientes acciones, las cuales son fundamentales en el marco del Sistema General de Regalías.
Con la sanción presidencial de la Ley 2199 de febrero 8 de 2022, se hace realidad un anhelo aplazado por más de 4 décadas para los ciudadanos de Bogotá y Cundinamarca que reconocen la intensidad de las relaciones que los unen. La Ley tiene como objeto adoptar, definir y reglamentar el funcionamiento de la Región Metropolitana Bogotá - Cundinamarca (RMBC) y promover una articulación eficiente del territorio para dar respuesta a problemáticas comunes, sin afectar la autonomía de sus asociados.
El proceso de formulación es el espacio idóneo de concertación entre los diferentes actores involucrados en el proceso de renovación urbana. La Dirección de Patrimonio y Renovación Urbana promoverá el diálogo con los actores que habitan el territorio, propietarios, poseedores, arrendatarios, vecinos, con el promotor y con entidades del distrito que también estén actuando sobre el sector de la ciudad marcado con tratamiento de renovación urbana y/o con incidencia en el sector de acuerdo con sus competencias.
Conjunto de inmuebles públicos y los elementos arquitectónicos y naturales de los inmuebles privados, destinados por su naturaleza, por su uso o afectación, a la satisfacción de necesidades urbanas colectivas que transcienden, por tanto, los límites de los intereses, individuales de los habitantes.
Busca mejorar las condiciones de vida de las personas que habitan los barrios de origen informal, mediante renovaciones de sus viviendas, así como del espacio y entorno urbano, con el propósito de corregir las deficiencias físicas, ambientales y legales.
Es la oportunidad que tiene la ciudadanía para elegir en qué proyectos se invierte el dinero sus impuestos para mejorar sus barrios.
Son la respuesta de los ciudadanos y ciudadanas para proyectar fines comunes y gestionar su viabilidad ante las entidades distritales; de esta forma pueden postular sus causas para ser seleccionadas y ejecutadas.