Se reactiva un proceso eleccionario transparente y apegado a la normatividad vigente en materia de participación e incidencia política de las personas con discapacidad, luego de que se surtieran los procesos judiciales frente a las acciones, consultas y solicitudes para contar con claridad normativa, técnica y jurídica para el proceso.
La Secretaría Técnica Distrital de Discapacidad – STDD en cumplimiento de la normatividad distrital enmarcada en el Acuerdo 505 del 2012, el Decreto 558 de 2015 y en específico de lo dispuesto en el:
Articulo 37 - Coordinación del proceso de elección La entidad que asuma la Secretaría Técnica Distrital de Discapacidad, conforme se establezca en el Plan Operativo del Consejo Distrital de Discapacidad, asumirá las actividades propias del proceso de elección de las/os representantes del Consejo Distrital de Discapacidad.
Informa a todos los Consejos Locales de Discapacidad, a las Organizaciones de Personas con Discapacidad, a los candidatos postulados a representantes al Consejo Distrital de Discapacidad y a la población en general interesada, que con el propósito de seguir garantizando como ha sido hasta ahora, un proceso eleccionario transparente y apegado a la normatividad vigente en materia de participación e incidencia política de las personas con discapacidad, se decide reactivar el proceso de elección de Representantes al Consejo Distrital de Discapacidad luego de que se surtieran los procesos judiciales correspondientes a las acciones de tutela instauradas y se adelantaran las consultas y solicitudes que permitieran contar con las claridades normativas, técnicas y jurídicas necesarias al respecto.
Con base en esto se informa que, con ocasión de la situación presentada con los sectores de discapacidad cognitiva y múltiple en el marco de la Asamblea Informativa del 20 de septiembre, en la que se puso de manifiesto la necesidad de revisar cada caso en cuanto al alcance en materia de capacidad jurídica, se adelantó consulta de carácter técnico y normativo con el equipo jurídico de la Defensoría del Pueblo, con el propósito de poder implementar los ajustes necesarios para dar garantía al derecho a la capacidad legal plena de las personas con discapacidad (Ley 1996 de 2019). De igual forma, se adelantó un espacio con la Personería de Bogotá en el que se expusieron los argumentos que llevaron a la suspensión del proceso, así como las diferentes actuaciones que se surtieron en torno al proceso en materia judicial y de gestión en pro de la garantía de los derechos, frente a lo cual el ministerio público recalcó la importancia de dar continuidad al proceso y de adelantar los ajustes necesarios, a partir de las recomendaciones recibidas por parte de la Defensoría del Pueblo en lo concerniente al derecho a la capacidad legal de las personas con discapacidad.
Por su parte, en lo relacionado con las inquietudes frente a la legalidad y pertinencia de la solicitud del certificado de discapacidad como mecanismo para verificar el sector de discapacidad del candidato/a, conforme lo establece el Decreto 558 de 2015 modificado por el Decreto 355 de 2019 en el parágrafo del artículo 39, las acciones de tutela instauradas en primera y segunda instancia reconocieron que este requisito da cumplimiento con lo dispuesto por el citado artículo y es una garantía en aras de mantener el debido proceso y la transparencia al interior de las elecciones de cara al Consejo Distrital de Discapacidad. De igual forma, dichos fallos reconocieron la publicidad al interior del proceso y que la información suministrada estuvo encaminada en que la ciudadanía se enterara de los requisitos establecidos desde el primer momento que se inició este proceso.
Con las claridades mencionadas y sobre todo con la certeza de la transparencia, de las garantías y la legalidad con las que la Secretaría Técnica Distrital de Discapacidad ha adelantado las acciones correspondientes para garantizar la participación de las personas con discapacidad, la STDD establece que para los sectores de discapacidad física, visual, sordoceguera y psicosocial, el proceso será retomado con las personas que se habían postulado previamente y que sus candidaturas cumplieron a cabalidad con los requisitos exigidos, tal y como se les informó en su momento. Esto, teniendo en cuenta que sobre dichas postulaciones no se requieren modificaciones en el marco de los requisitos establecidos inicialmente y de la normatividad aplicable al respecto. Para ello, se informa que el día 2 de diciembre del año en curso se adelantará la jornada electoral en cada una de las localidades en los términos señalados por el Decreto 558 de 2015 modificado por el Decreto 355 de 2019.
Por su parte, en lo que concierne a los sectores de discapacidad cognitiva y discapacidad múltiple, se iniciará un proceso nuevo, en aras de garantizar la participación incidente a la luz de los postulados que señala la Ley 1996 de 2019 en lo referente al reconocimiento de la capacidad jurídica y a los mecanismos de apoyo de las personas con discapacidad en el país. La información relativa al calendario para este proceso será comunicada próximamente por los canales oficiales de la Secretaría Técnica Distrital de Discapacidad, una vez surta aprobación en el marco de la sesión ordinaria del Consejo Distrital de Discapacidad del mes de diciembre de 2024. A este proceso se le sumará la elección de la representación por el sector de discapacidad auditiva, la cual no contó con candidaturas durante el término que se señaló para ello por parte de la Secretaría Técnica Distrital de Discapacidad.
Por último, cabe mencionar que en el marco de este proceso la STDD ha brindado respuesta a las acciones judiciales que se interpusieron, así como a las solicitudes y peticiones de la ciudadanía relacionadas con estas elecciones, dando las claridades jurídicas y técnicas que permiten desarrollar el proceso eleccionario con apego a la ley y en términos respetuosos de los derechos que favorecen la materialización del enfoque social de la discapacidad en instancias como la del Consejo Distrital de Discapacidad.
Desde la STDD se agradece la comprensión a las personas interesadas y a la ciudadanía en general por las situaciones que se han presentado en el marco de estas elecciones y se reafirma el compromiso que cada acción adelantada busca dar cumplimiento con la normatividad vigente, así como con las garantías y derechos constitucionales de las personas con discapacidad, sus familias y personas cuidadoras.