En el marco del anterior Plan de Ordenamiento Territorial (Decreto Distrital 190 de 2004), el Sistema de Equipamientos es el conjunto de espacios y edificios destinados a proveer a los ciudadanos del Distrito Capital de los servicios sociales, que se disponen de forma equilibrada en todo el territorio del Distrito Capital y que se integran funcionalmente y de acuerdo a su escala de cubrimiento con las centralidades del Distrito Capital. El ordenamiento de cada tipo de equipamiento, que será establecido en el respectivo plan maestro, deberá corresponder con el objetivo general de garantizar el equilibrio entre áreas residenciales y servicios asociados a las mismas en todo el D.C, y será concordante con la estructura socio económica y espacial conformada por la red de centralidades.
Objetivos del sistema de equipamientos (Art. 231 POT):
1. Elevar el nivel de vida, de seguridad humana, de calidad ambiental, en concordancia con la diversidad cultural y las distintas necesidades de los ciudadanos del Distrito Capital y la región.
2. Contribuir a mejorar la convivencia ciudadana y los usos residenciales, comerciales, productivos, administrativos y rurales en el Distrito Capital, así como promover una oferta de servicios, en función de las coberturas, los tipos de demanda y las economías de escala, en un contexto regional.
3. Proveer los espacios y los equipamientos necesarios, que permitan servir como estructuradores de la comunidad y como ordenadores de los espacios vecinales, zonales, urbanos y regionales.
4. Preservar los valores arquitectónicos, urbanísticos, históricos y culturales de los bienes de interés cultural en los que se localicen.
5. Consolidar una red de servicios dotacionales a nivel regional, bajo los principios de equidad, eficiencia, calidad y equilibrio territorial.
Clasificación de los equipamientos según la naturaleza de las funciones (Art. 233 POT):
1. Equipamiento Colectivo: Agrupa los equipamientos relacionados directamente con la actividad residencial y con la seguridad humana. Se clasifican en cinco sectores:
a. Educación
b. Cultura
c. Salud
d. Bienestar Social
e. Culto
2. Equipamiento Deportivo y Recreativo: Áreas, edificaciones y dotaciones destinados a la práctica del ejercicio físico, al deporte de alto rendimiento, a la exhibición y a la competencia de actividades deportivas en los medios aficionados y profesionales, así como los espectáculos con propósito recreativo. Agrupa, entre otros, los estadios, coliseos, polideportivos, clubes deportivos, Clubes campestres deportivos y recreativos, hipódromos, autódromos, piscinas, clubes privados e instalaciones privadas que contemplen el deporte como actividad central.
3. Servicios Urbanos Básicos: Equipamientos destinados a la prestación de servicios administrativos y atención a los ciudadanos. Se clasifican así:
a. Seguridad Ciudadana
b. Defensa y Justicia
c. Abastecimiento de Alimentos y Seguridad Alimentaria
d. Recintos Feriales
e. Cementerios y Servicios Funerarios
f. Servicios de la Administración Pública
g. Servicios de atención de usuarios de servicios públicos domiciliarios
Existen 17 Planes Maestros adoptados, aplicados desde el 30 de abril de 2006, que están diseñados para desarrollar proyectos y programas durante los próximos 20 años.
Los responsables de su ejecución son las entidades Distritales que tienen que ver con cada uno de los temas que tocan los Planes Maestros.
NOTA: Los anteriores Planes Maestros fueron derogados por el artículo 608 del Decreto Distrital 555 de 2021 - POT - “Bogotá Reverdece 2022- 2035”.