Ingresando a la página www.sdp.gov.co link “Radicación Virtual”, previo registro.
Ingrese al sitio www.sdp.gov.co link “Estado de trámite” digite el número de radicación inicial (1-2018-xxxxx) y los caracteres de seguridad que allí se le indican. Si presenta dudas comuníquese con la línea 3358000 ext 8232 – 8237- 8246 – 8247 - 8269 – 8522
Ingrese al link de la herramienta Bogotá te Escucha, Sistema Distrital de Quejas y Soluciones, ubicada en el menú de la página de la SDP, “Recursos Web Externos”.
Ingrese a Recursos Web Externos – “Régimen Legal”
Diríjase al SúperCADE CAD, Av. Cra 30 No. 25 90 en horario de lunes a viernes de 7:00 am a 5:30 pm o el sábado de 8:00 am a 12:00, solicite un turno para el módulo de norma.
SúperCADE Suba. Portal Suba, en horario de lunes a viernes de 7:00 am a 5:30 pm
El Sisbén es el Sistema de Identificación de Potenciales Beneficiarios de Programas Sociales, que permite clasificar a la población de acuerdo con sus condiciones de vida e ingresos. Esta clasificación se utiliza para focalizar la inversión social y garantizar que sea asignada a quienes más lo necesitan.
El Sisbén es un sistema de información que identifica y ordena a la población de acuerdo con su situación socioeconómica y social.
Facilita a los programas sociales la identificación de grupos de población que requieran atención prioritaria y así garantizar que los subsidios lleguen a quienes más los necesitan.
Permite la elaboración de diagnósticos socioeconómicos precisos de la población para apoyar la planeación nacional y territorial, y el diseño y elaboración de programas orientados a los sectores de menores recursos o población vulnerable.
El Sisbén NO es salud - No es Régimen de seguridad social - NO es Régimen Subsidiado en salud
El Sisbén NO adelanta programas - NO otorga Subsidios - NO concede beneficios
Al Sisbén no se afilian las personas - Quedan registran en la base de datos una vez se practica la encuesta Sisbén
I. Departamento Nacional de Planeación
Desarrolla la Metodología de Sisbén
Diseña la ficha de caracterización socioeconómica y las herramientas tecnológicas con las cuales se aplican las encuestas que alimentan la base de datos del Sisbén
Aplica controles de calidad, valida la consistencia de la información de las encuestas y actualizaciones que recibe de los Municipios. Valida y publica la información certificada en la página www.sisben.gov.co
II. Las Entidades Territoriales – Secretaría Distrital de Planeación
Implementa, administra y operan el Sisbén en Bogotá D.C.
Aplica las encuestas siguiendo los lineamientos establecidos en la Metodología, remite la información al Departamento Nacional de Planeación para su procesamiento validación de consistencia de la información, certificación y publicación del resultado de clasificación en www.sisben.gov.co
Registra los trámites de actualización de información que solicitan los ciudadanos con los cuales se actualiza la base de datos de Sisbén - remite la información de las novedades de actualización al Departamento Nacional de Planeación para validación, certificación y publicación en seis días hábiles luego de ser recibidas.
III. Las Entidades que administran los programas sociales
Establecen el grupo de corte y requisitos para el ingreso a los programas.
Seleccionan los potenciales beneficiarios de los programas sociales que cumplen requisitos
IV. La Ciudadanía
Suministra información veraz, bajo gravedad de juramento para el diligenciamiento de la encuesta
Debe mantener actualizada la información de su hogar registrada en la base de datos
Desde 1995 a la fecha, el Estado Colombiano ha implementado cuatro versiones del Sisbén. Cada versión cuenta con una metodología, es decir, un conjunto de procedimientos para obtener el resultado que refleje las condiciones socioeconómicas de cada persona. La cuarta versión - Sisbén IV fue implementado el 5 de marzo de 2021.
Una nueva forma de entregar el resultado a través de grupos de clasificación que se denominan por letras.
En Sisbén IV existen cuatro grupos que se denominan por letras. Cada grupo está compuesto por subgrupos que se identifican por una letra y un número que permiten clasificar más detalladamente a las personas:
Grupo A: conformado por 5 subgrupos (desde A1 hasta A5)
Grupo B: conformado por 7 subgrupos (desde B1 hasta B7)
Grupo C: conformado por 18 subgrupos (desde C1 hasta C18)
Grupo D: conformado por 21 subgrupos (desde D1 hasta D21)
El resultado de encuestas aplicadas con Sisbén III desapareció a partir del 5 de marzo de 2021 que fue implementado el Sisbén IV.
El resultado Sisbén Metodología IV está definido a través de grupos identificados con una letra: A – B – C- D.
Entre los puntajes Sisbén III y los grupos de Sisbén IV, No hay equivalencia – No son homologables Ni comparables. El Sisbén IV tiene otro enfoque, analiza otras variables, busca evaluar la capacidad de los hogares para generar ingresos.
Las encuestas se realizan con Dispositivos Móviles de Captura (DMC), esto permite el escaneo de documentos de identidad, firma digital y georeferenciar la ubicación precisa de los hogares más vulnerables.
Con Sisbén IV se cuenta con una base de datos dinámica y centralizada que permite el reporte diario de información de las encuestas y novedades o trámites de actualización
El desarrollo de un software especializado (SisbenAPP) que garantiza agilidad y calidad de la información y posibilita la ubicación precisa de los hogares más vulnerables.
Para la focalización del gasto social es necesario contar con información actualizada y de calidad que responda a las necesidades actuales de los Programas Sociales.
Cualquier persona puede solicitar la aplicación de la encuesta y de esta manera quedar registrada en la base de datos del Sisbén. Para la aplicación de la encuesta Sisbén se debe cumplir con las condiciones establecidas como son: residir en un hogar particular y tener documentos válidos y vigentes.
El Sisbén es una encuesta que ordena a la población de acuerdo con su situación social y económica. La información de Sisbén la utilizan los programas sociales para identificar a sus beneficiarios.
Estar en el Sisbén no garantiza el acceso automático a los programas sociales o beneficios.
Las entidades a cargo de los programas sociales son las que definen el grupo de corte y requisitos para vincular a sus beneficiarios.
Para obtener información sobre el grupo de clasificación Sisbén IV y fecha de aplicación de la encuesta puede consultar en la página del Sisbén www.sisben.gov.co ingresar el tipo de documento de identidad y el número.
Para que le sea aplicada la encuesta Sisbén es necesario que solicite la visita, la solicitud puede hacerla de manera virtual ingresando a la página de la Secretaría Distrital de Planeación www.sdp.gov.co en la pestaña Consultas - botón Sisbén - dar clic en solicite aquí la encuesta por primera vez e ingresar a Registro Solicitud Nueva encuesta Sisbén Bogotá.
También pueden hacerlo ingresando al Link: https://sisbensol.sdp.gov.co/
Una vez allí puede registrar el trámite diligenciando los datos de identificación de los integrantes del hogar y la dirección de la vivienda. Al terminar el registro de la solicitud sale la constancia con los datos relacionados que confirma, el registro ha sido realizado. Para claridad del procedimiento a seguir se puede consultar el “Manual aplicativo de registro de solicitudes de encuesta Sisbén en línea - para Bogotá” ubicado en la parte superior derecha.
La solicitud de encuesta también puede ser presentada en los puntos de atención de la Red CADE, para ello es necesario portar los documentos de identidad de los integrantes del hogar, el último recibo de servicio público de energía o acueducto del lugar de residencia con la dirección actualizada, un número de teléfono de contacto y correo electrónico.
El tiempo de respuesta para la aplicación de la encuesta Sisbén e información del resultado se establece de acuerdo con la fecha del registro de la solicitud, la fecha de aplicación de la encuesta y de envío al Departamento Nacional de Planeación para el proceso de validación de consistencia de la información de acuerdo con los controles de calidad de los datos y el resultado de cruces con fuentes externas y publicación del resultado de clasificación certificado en la página www.sisben.gov.co.
El resultado de clasificación obedece a la información aportada por el hogar para el diligenciamiento de la encuesta. Puede verificar la información en un punto de atención en la Red CADE.
El Gobierno nacional definió el software o sistema de cómputo que asigna de modo automático el resultado de clasificación.
La información puede ser verificada en uno de los puntos de atención de Sisbén ubicados en la Red CADE, una persona mayor de 18 años integrante del hogar hace la solicitud, para ello es necesario que presente su documento de identidad y copia del documento de los integrantes del hogar.
Una vez verificada la información si existe la necesidad de actualizar información inmediatamente se procede a registrar el trámite o novedad de actualización.
Registrada la novedad o trámite de actualización, al siguiente día se remite al Departamento Nacional de Planeación para validación de consistencia de la información, certificación y publicación en la página www.sisben.gov.co en seis (6) días hábiles.
Presentar la solicitud en uno de los puntos de atención de Sisbén ubicados en la Red CADE, para el registro de la solicitud debe llevar su documento de identidad y copia legible del documento de todos los integrantes del hogar.
La solicitud debe ser presentada en uno de los puntos de atención de Sisbén ubicados en la Red CADE por una persona mayor de 18 años integrante del hogar, preferiblemente el jefe de hogar.
El solicitante debe presentar copia de su documento, el de la persona a incluir y de los demás integrantes del hogar. Para la inclusión de menores de edad se debe presentar el Registro Civil de Nacimiento.
Registrado el trámite de inclusión de datos al siguiente día se remite al Departamento Nacional de Planeación para validación de consistencia de la información, certificación y publicación en la página www.sisben.gov.co en seis (6) días hábiles.
La solicitud debe ser presentada en uno de los puntos de atención de Sisbén ubicados en la Red CADE directamente por la persona que se va a retirar. Para el trámite es necesario presentar copia legible del documento de todos los integrantes del hogar.
Es necesario que en el nuevo municipio presente la solicitud de encuesta en la oficina de Sisbén, no requiere presentar constancia de retiro del municipio en el cual se encontraba viviendo.
El Sisbén de una persona no se traslada. Para que una persona aparezca registrada en su nuevo municipio debe solicitar la encuesta ante la oficina del Sisbén del municipio en el cual se encuentra viviendo.
1. ¿Cuál es el estrato de mi predio?
Cualquier ciudadano puede consultar y descargar una certificación de estrato en el siguiente link: https://sinupot.sdp.gov.co/visor/ o puede solicitarla en cualquiera de los Supercades. En cualquiera de los dos casos debe contar con la dirección oficial del predio o el CHIP catastral.
2. ¿En cuántos estratos se clasifican las viviendas en Bogotá, D.C.?
En atención a la heterogeneidad económica y social de sus viviendas, el Distrito Capital se estratifica en seis estratos.
La población de los estratos 1, 2 y 3 cuenta con una baja capacidad de pago, por lo que recibe subsidios. La población de los estratos 5 y 6 cuenta con altos recursos económicos, por ende paga sobrecostos sobre el valor de los servicios públicos. Y la población de estrato 4 ni recibe subsidios ni paga sobrecostos.
Según el Departamento Nacional de Planeación, la clasificación en cualquiera de los seis estratos es una aproximación a la diferencia socioeconómica jerarquizada, léase pobreza a riqueza o viceversa, de tipo físico y social, reconocida en nuestro país por las mismas normas (ley: capacidad de pago) y por el Consejo Nacional de Política Económico y Social CONPES.
3. ¿Por qué en Bogotá no se estratifica con base en los ingresos?
La metodología de estratificación para Bogotá y para el resto del país no toma directamente los ingresos de las personas o los hogares porque:
a. Requeriría la captura y procesamiento de un volumen de información inmenso, por lo cual el estudio se haría muy costoso.
b. El ingreso es altamente variable a corto plazo.
c. Es difícil establecerle seguimiento al ingreso de las personas y los hogares por su alta movilidad.
d. La Ley 142 de 1994 ordena que se estratifiquen los inmuebles residenciales y no los hogares o las personas.
4.¿Cómo se asigna el estrato a las viviendas?
Para asignar el estrato a las viviendas en el Distrito Capital se utilizan dos metodologías: Una para el área urbana y otra para el área rural y los centros poblados. .
5. ¿Quién define el estrato de las construcciones comerciales, educativas, institucionales e industriales?
No se estratifican predios con usos diferentes al residencial, es decir, que no constituyen objeto de estratificación edificaciones tales como: fábricas, bodegas, casas o edificios para uso exclusivo de oficinas, parqueaderos, talleres, clubes, etc., en las cuales habitan o no hogares o personas que se encargan de la vigilancia. Tampoco las viviendas colectivas, es decir, las edificaciones en donde residen grupos de personas que comparten el techo y ordinariamente los alimentos, por razones de trabajo, disciplina, salud, religión, castigo o recreación, tales como: cuarteles, hospitales, conventos, cárceles, colegios, etc.
Las tarifas de los inmuebles no residenciales son determinadas por cada una las empresas comercializadoras de servicios públicos, con base en las fórmulas y orientaciones suministradas por las Comisiones de Regulación de cada uno de los servicios públicos domiciliarios.
6. ¿Cuál es la diferencia entre la estratificación socioeconómica y el nivel de la encuesta SISBEN?
Tanto la estratificación como el SISBEN (Sistema de Identificación y Clasificación de Potenciales Beneficiarios Para Programas Sociales) son estudios de focalización del gasto dirigidos a asignar el gasto social a la población más pobre y vulnerable; sin embargo son distintos.
El SISBEN tiene como unidad de observación a aquellos hogares, familias o individuos que por sus condiciones de empleo, ingresos y características de las viviendas que habitan califican para recibir subsidios de salud, educación, vivienda, recreación (subsidios que son otorgados por las entidades competentes de acuerdo al tipo de subsidio). La ESTRATIFICACION en cambio, identifica las viviendas en donde habita tanto la población más pobre, como la población con mayor capacidad económica, con el fin de cobrarles los servicios públicos domiciliarios con tarifas diferenciales por estrato. Así, con base en la estratificación se asignan subsidios a la población de estratos bajos y, se cobran sobrecostos o contribuciones a la población de estratos altos.
7. ¿Cómo solicito el cambio de estrato para mi predio?
Los ciudadanos que no estén de acuerdo con el estrato asignado a una o varias viviendas, pueden solicitar su modificación a través de una comunicación escrita dirigida a la Dirección de Estratificación de la Secretaria Distrital de Planeación, Ante esta primera instancia, se exponen las razones que motivan la petición. Esta solicitud deberá ser radicada en el módulo de radicación de la SDP localizado en el Supercade CAD (Carrera 30 No. 25 90).
La primera instancia deberá dar respuesta a la solicitud en un plazo no mayor a dos (2) meses. El solicitante deberá notificarse de la respuesta en un plazo no mayor a cinco (5) días hábiles de forma personal ante la Secretaría Distrital de Planeación. Si no se está de acuerdo con lo resuelto por la primera instancia se podrá solicitar que el Comité Permanente de Estratificación de Bogotá, D.C. le dé trámite en segunda instancia. Quienes hayan surtido el trámite en primera instancia, cuentan con diez (10) días hábiles contados a partir de la notificación para apelar ante el Comité Permanente de Estratificación de Bogotá D.C. El solicitante deberá dirigir una nueva comunicación escrita y efectuar su radicación en el módulo de radicación de la SDP. El Comité cuenta con dos (2) meses para responder la solicitud.