Con el propósito de iniciar la ejecución de un nuevo Plan de Desarrollo, es necesario adelantar el proceso de armonización presupuestal para cada una de las entidades del Distrito, de conformidad con lo previsto en la Ley 152 de 19941, Acuerdos Distritales 12 de 19942, 63 de 20023 y 190 de 20054.
La armonización presupuestal consiste en adecuar la estructura presupuestal definida en el marco del Plan de Desarrollo vigente a la estructura presupuestal definida en el marco del nuevo Plan de Desarrollo que regirá por un periodo de gobierno5.
El proceso de armonización es fundamental, pues a partir de la fecha en que sea adoptado el nuevo Plan de Desarrollo las imputaciones presupuestales solamente se podrán realizar con cargo a la estructura presupuestal de este.
1 Ley Orgánica del Plan de Desarrollo.
2 Estatuto de Planeación del Distrito Capital.
3 Procedimientos de armonización del presupuesto con los Planes de Desarrollo.
4 Por el cual se modifica el Artículo 1 y el parágrafo único del Acuerdo 63 de 2002.
5 Manual Operativo Presupuestal del Distrito Capital, adoptado por la Resolución SDH N° 191 del 22 de septiembre de 2017